Ensayo sobre:
-
Declaración de Independencia de Estados Unidos.
-
Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789,
Revolución Francesa)
-
Declaración de Derechos de la Mujer y de la
Ciudadana
(Olympe de Gouges, 1791)
-
Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948, ONU)
-
Artículos 14-29 de la Constitución española (1978)
Una vez
leídos los textos, podemos resaltar que destacan dos principios básicos y
fundamentales que definen en parte una
sociedad democrática, por decirlo de algún modo. Dichos principios son
el de igualdad y libertad.
A
continuación realizaré una pequeña síntesis de los cinco textos y llevaré a
cabo las relaciones encontradas entre los mismos.
- La Declaración de independencia de los Estados Unidos, se llevó a cabo en 1776, por los representantes de los Estados Unidos en nombre de los habitantes de las colonias, exigiendo la independencia y los mismos derechos que otros Estados tenían, ya que nunca se les reconocía con los mismos derechos que otros por el hecho de ser colonos.
- En 1789 se elaboró la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en la cual se establecen los derechos fundamentales de los ciudadanos franceses, pero no haciendo referencia a los Derechos de la Mujer. Esta Declaración sirvió como impulso para la posterior Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana en 1791 en la cual se establece la liberación de la mujer y el reconocimiento de sus Derechos como mujer y como persona, ya que por aquel entonces la mujer no era reconocida con los mismos derechos que un hombre.
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas, con el fin de que todas las personas promuevan con respeto estos derechos y libertades y que aseguren su reconocimiento y aplicación universal a través de medidas progresivas, teniendo en cuenta que el reconocimiento de los derechos y libertades fundamentales es una necesidad básica.
- En el año 1978, se llevo a cabo la elaboración de la Constitución Española, en la la cual en su Capitulo II, Sección 1ª, se establecen los Derechos fundamentales y las libertades públicas.
Como ya
he mencionado antes en todos ellos resalta su afán reivindicador por los
Derechos fundamentales y libertades de las personas. Muchos de los Derechos que se establecieron
en la Declaración Universal de los Derechos Humanos coinciden con los Derechos
establecidos en el Capitulo II, Sección 1ª de la Constitución Española de 1978.
La
explicación se debe a que para vivir en una sociedad justa y equilibrada, todas
las personas deben tener reconocidos los mismos derechos y libertades, sin
distinción de si has nacido en un sitio u otro, o por ser hombre y mujer.
Esto
último puede ser relacionado con la Declaración de los Derechos del Hombre y
del Ciudadano en 1789, éste documento fue un documento fundamental de la
Revolución Francesa (1789-1799), el cuál solo establecida los Derechos del
hombre y del colectivo masculino francés. Debido a la época, la ideología y
religión la mujer tenía un valor muy minimizado con respecto al hombre, por no
decir, que prácticamente no tenía valor. Pero esta Declaración sirvió de motor
impulsor para la posterior Declaración de los Derechos de la Mujer y la
Ciudadana.
Fue
elaborada por Olympe de Gouges, la cuál denunciaba que la revolución se había
olvidado de los Derechos de la Mujer, y decía que al igual que el hombre la mujer
nacía libre y debía de tener los mismos Derechos que ellos.Olympe
de Gouges demandaba un trato igualitario hacia la mujer en todos los aspectos
de la vida, derecho de voto y a la propiedad privada, poder participar en la
educación y en el ejército, etc. Pero esta Declaración nunca fue aprobada.
Otra de
las relaciones y la que más destaca es que los Derechos fundamentales aparecen
en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, en la Declaración de
Derechos del Hombre y del Ciudadano, en la Declaración Universal de Derechos
Humanos y en la Sección 1ª del Capitulo II, de la Constitución Española de
1978.
Por
ello cabe decir que es necesario una protección de los Derechos fundamentales y
un reconocimiento de ellos ya que son la base de la acción de otras leyes para
la convivencia de la sociedad.Su
finalidad esencial es la protección de la justicia, la libertad el orden, así
como fomentar el desarrollo amistoso entre los distintos países.
El
reconocimiento de estos derechos como ya he dicho anteriormente han marcado un
antes y un después ya que han permitido establecer una igualdad que no se
consideraba hasta ahora, entre las personas, por distinción de raza, cultura,
clase, lo que fue creando un poder a un colectivo el cuál oprimía al resto de la
sociedad.Tanto
las declaraciones como los Derechos establecidos en la Constitución Española,
han marcado un antes y un después.
En
todos ellos se menciona que es necesario el reconocimiento de Derechos
fundamentales para las personas, ya que se cometen muchos errores y barbaries
por desconocimiento de dichos Derechos, los cuales facilitan una cordial
convivencia entre hombres y mujeres cual sea su lugar de nacimiento o su poder
adquisitivo.
Por
ello como conclusión creo que está en nuestras manos el reivindicar nuestros
Derechos cada vez que sean vulnerados o no tenidos en cuenta. Porque todos
somos personas, “y todos hemos nacido libres”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario